Hazte Socio

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Principales beneficios de pertenecer a APRIMIN:

Gremiales

1. Defensa de nuestros intereses en los grandes temas que afectan o podrían llegar a afectar a nuestro sector.

2. Representación de los intereses sectoriales frente a autoridades de Gobierno; Congreso Nacional; organismos públicos; embajadas y agregados comerciales; ferias mineras en Chile y el extranjero; universidades; gremios empresariales; y colegios, asociaciones e institutos profesionales

3. Promoción y organización de eventos masivos, como conferencias, seminarios, foros, Cena Anual, fortaleciendo los fundamentos de los intereses gremiales

4. Pertenecemos al Consejo de la SOFOFA y mantenemos permanentes relaciones con los directores y gerentes de SONAMI, Consejo Minero y otros gremios.

5. También estamos presentes en: Mesa Mujer y Minería, COSOC, Alta Ley, ferias mineras, Mesa Política Minera 2050, entre otros.

Acceso

6. Networking y ruedas de negocios con compañías mineras y asociaciones gremiales nacionales e internacionales. Oportunidades de difusión de las empresas participantes por Emol.com y otras plataformas.

7. Red de grandes empresas proveedoras de la minería, las que en su conjunto facturan 13.500 millones de dólares al año y emplean a 140 mil colaboradores directos.

8. Acceso preferencial a oportunidades de negocios como proveedores de la minería con compañías mineras y con empresas socias de APRIMIN.

9. Importante plataforma de contactos nacionales e internacionales de alto nivel en el campo minero, empresas de ingeniería, autoridades locales y autoridades gubernamentales.

10. Reuniones desayunos mensuales, en las cuales ejecutivos de las principales empresas mineras del país, presentan a los socios de APRIMIN el estado presente y futuro de los proyectos, sus características técnicas, equipo ejecutivo a cargo, plazos de ejecución y montos de inversión. Además de conocer el detalle de las necesidades de las áreas de abastecimiento.

11. Acceso a información semanal exclusiva y relevante de la industria que apoyan en la toma de decisiones

Técnicos

12. Impulsar el desarrollo de actividades de perfeccionamiento en temas técnicos. Contamos con seis comités de trabajo de gerentes de nuestras empresas asociadas, compartiendo experiencias y analizando problemáticas de interés sectorial. (Innovación; Sustentabilidad ESG; Laboral; Productividad y Homologación; Educación; e Inversiones)

13. En estas comisiones está radicado el trabajo sustantivo e intercambio de experiencias entre las asociadas y sus gerencias respectivas, como por ejemplo, en las áreas de inclusión y diversidad, estandarización de ingreso a faenas mineras, oportunidades en desarrollo de hidrógeno verde, producción limpia, etc. En estos comités, hay presentaciones de expertos externos en las materias respectivas.

14. Apoyo al entrenamiento de competencias de los empleados de los asociados, a través de contactos con programas de universidades, organizaciones y fundaciones dedicadas al tema y realización de talleres.

15. Fomentar el intercambio de experiencias en paneles de discusión, mesas redondas, reuniones, sesiones y charlas técnicas con la presencia de expertos nacionales e internacionales.

16. Brindar herramientas teóricas y prácticas para fomentar nuevas capacidades requeridas para un buen desempeño; casos de éxito. Por ejemplo, herramientas para el trabajo a distancia y ventas remotas, tecnologías 4.0 e hidrógeno verde.

17. Generación de benchmarking.

Estos beneficios son gratuitos y exclusivos para los Socios de APRIMIN.

Proceso de Afiliación de Nuevos Socios APRIMIN

  1. Requisitos que debe cumplir todo postulante:

a) Empresas legalmente constituidas bajo la ley chilena como sociedades o agencias en Chile de sociedad extranjera.

b) Empresa manufacturera, fabricante o prestadora de servicios de giro industrial en Chile o representante de entidades extranjeras fabricantes de productos, proveedora de insumos o prestadora de servicios de giro industrial para la Gran Minería, o aquellas empresas nacionales o extranjeras que, sin ser de giro industrial, mantienen una presencia relevante permanente en faenas mineras.

c) Ventas mínimas de USD 4,000,000 (4 millones de dólares) anuales a la minería. Fundadamente y en consideración a la situación del mercado y de la economía, el Directorio podrá admitir la postulación de empresas que presenten ventas inferiores.

d) No presentar morosidades en el sistema financiero vigentes al momento de la resolución por parte del Directorio.

e) No haber sido condenado o sancionado en procesos judiciales ni administrativos por el incumplimiento grave de la legislación laboral, de libre competencia, medioambiental o de propiedad intelectual.

f)Que la empresa cuente con personal prestando Asistencia Técnica y/o Servicios en faenas/instalaciones mineras, sea de manera permanente o a través de visitas periódicas.

g) En su presentación a APRIMIN, los postulantes deberán llenar una ficha de postulación en la que manifieste su adhesión a los principios de APRIMIN, y las razones que motivan su postulación a la Asociación. Adicionalmente, deberán declarar que cumplen con los siguientes requerimientos, dando razón de sus dichos:

  • Sus productos o servicios presentan alguna innovación o diferenciación en el mercado;
  • Desarrolla actividades permanentes en formación de capital humano;
  • Cuenta con políticas demostrables en HSE y RSE;
  • Sus actividades contribuyen a los objetivos, misión y visión de APRIMIN.
  • Se desenvuelve en el mercado de manera correcta, en concordancia con las buenas prácticas del mercado y las disposiciones del Código de Ética, el cual debe estar dispuesto a suscribir en caso de ser admitido.

Estos elementos y los fundamentos aportados por el solicitante, serán evaluados por el Directorio en sesión debidamente constituida, y éste podrá ponderar libre y fundadamente los antecedentes para adoptar su decisión. El fundamento deberá encontrarse en directa relación con los objetivos, misión y visión de APRIMIN.

  1. Procedimiento
  • El solicitante deberá presentar en las oficinas de APRIMIN, o enviar por correo electrónico su solicitud (Ficha de Ingreso de Nuevos Asociados) junto con los antecedentes que le sirvan de base.
  • El Director Ejecutivo analizará la solicitud y la presentará al Directorio en la sesión más próxima al ingreso de la solicitud junto con un informe sobre el cumplimiento de los criterios referidos en los literales desde a) a g) del numeral anterior.
  • El Directorio deberá pronunciarse sobre la solicitud en la referida sesión o suspender su decisión para requerir mayores antecedentes al solicitante y/o realizar consultas a entidades públicas o privadas.
  • La decisión deberá ser adoptada por la mayoría de los miembros presentes del Directorio.
  • En la votación deberán abstenerse aquellos directores que representen a compañías que compitan directamente con el solicitante en su mercado específico, así como proveedores, socios, empresas relacionadas y cualquier otra relación que pueda representar un conflicto de interés con el solicitante.
  • Se levantará un Acta de la sesión respectiva y en ella deberá constar: la decisión definitiva del Directorio en cuanto a aprobar o rechazar la solicitud del postulante; la votación de cada uno de los Directores presentes; y, los fundamentos principales que motivaron la decisión del Directorio.
  • La decisión será comunicada al postulante por el Director Ejecutivo dentro del plazo de 30 días desde la sesión de Directorio en que se adoptó la decisión. Además, en el caso de que la decisión haya sido rechazar la solicitud de ingreso, al postulante se le informarán los fundamentos principales que motivaron el rechazo y la fecha de la próxima Asamblea General de Socios.
  • En caso de rechazo, el solicitante podrá requerir el pronunciamiento de la Asamblea de Socios, mediante comunicación formal enviada hasta 30 días antes de la realización de la Asamblea, señalando sus argumentos para requerir la revisión de la decisión del Directorio. La Asamblea deberá pronunciarse considerando los mismos criterios ya referidos en el numeral 1. anterior, y podrá revocar la decisión del Directorio por la mayoría de los asociados presentes con derecho a voto. De esta manera, la solicitud se entenderá aceptada y el postulante será admitido para ingresar a APRIMIN.
  1. Respecto de la expulsión de socios vigentes:

a) Un asociado podrá perder tal calidad en las siguientes circunstancias:

  1. Si no paga íntegramente las cuotas sociales por dos semestres consecutivos. En este caso, excepcionalmente podrá acordarse entre APRIMIN y el socio moroso, un plan de pago con un plazo máximo de 90 días.
  2. Si deja de ser una empresa o agencia legalmente constituida en Chile.
  3. Si deja de proveer productos y prestar servicios a la Gran Minería.
  4. Si sus ventas anuales bajan de los USD 4,000,000 (cuatro millones de dólares) anuales, durante tres años consecutivos.
  5. Si presenta morosidades en el sistema financiero y éstas no son o no han sido resueltas dentro de 1 año.
  6. Si se encontrare con sentencia a firme condenatoria por incumplimiento de la legislación laboral, medioambiental o propiedad intelectual.
  7. Si deja de tener personal prestando Asesorías Técnicas y/o Servicios en faenas/instalaciones mineras durante más de dos años consecutivos.
  8. Si se ve envuelto en una denuncia, investigación o procedimiento de connotación pública por faltas a la ética o incumplimiento de normativa nacional e internacional. La connotación pública será calificada fundadamente por el Directorio, considerando además si puede afectar a APRIMIN en sus objetivos, visión y misión.

b) Las circunstancias referidas en el numeral anterior podrán ser analizadas por el Directorio:

  • De oficio si es que se trata el Directorio o uno de sus miembros se ha enterado por tratarse de un hecho público y notorio; o,
  • Por denuncia de uno o más asociados, o de alguno de los stakeholders estratégicos de APRIMIN, según así lo califique fundadamente el Directorio.

c) Previo a resolver, el Directorio solicitará antecedentes al asociado afectado para que éste, dentro de un plazo de 30 días, efectúe sus descargos o proponga una propuesta de solución de la situación que le aqueja. Respecto de las causales iii. y iv. del numeral anterior, el Directorio podrá ponderarlas atendiendo a las circunstancias particulares del mercado y/o la economía en el momento de tomar la decisión.

d) La resolución del Directorio, la que deberá ser adoptada por la mayoría de sus miembros presentes en la sesión respectiva, podrá ser sometida a reconsideración de la Asamblea de Asociados por el afectado o 3 o más asociados, dentro del plazo de 60 días. La decisión de la Asamblea será adoptada por mayoría absoluta de sus miembros.

e) La desafiliación se hará efectiva a los 10 días siguientes al vencimiento del plazo de 60 días para reclamar a la Asamblea, o los 10 días siguientes a la decisión de la Asamblea en su caso.

f) Excepcionalmente, el Directorio, con el mismo quórum señalado en la letra d) anterior, podrá suspender la afiliación de uno de sus asociados si es que éste se encuentra en alguna de las causales referidas en la letra a) anterior. En este caso, el Directorio deberá fijar el plazo de la suspensión, al cabo del cual deberá determinar si mantiene la medida de suspensión por un nuevo plazo, si la deja sin efecto o si resuelve la expulsión. En este último caso, aplicará el mismo procedimiento señalado en las letras d) y e) anteriores,

Las empresas aceptadas deben pagar:

  • Facturación anual de hasta US$ 20.000.000: 50 UF Semestrales.
  • Facturación anual sobre US$ 20.000.000: 80 UF Semestrales.
  • Todos pagan cuota de incorporación : 150 UF por ventas anuales bajo US$ 8.000.000; o de UF 250, por ventas anuales superiores a US$ 8.000.000.

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