Minería, Constitución y un riesgoso doble juego

Minería, Constitución y un riesgoso doble juego

Por Sergio Hernández, director ejecutivo de Aprimin.

Si bien el proceso constitucional aún no acaba, varias propuestas ya ratificadas por el Pleno nos dan luces de cómo avanza la gestación del texto final. Como representantes de los encadenamientos productivos y regionales que articula la minería a lo largo del país, nos hemos puesto proactivamente a disposición del proceso. De hecho, como Asociación de Proveedores Industriales de la Minería hemos podido exponer en dos oportunidades ante la Convención, así como fuimos parte activa de la Iniciativa Popular de Norma sobre Minería Sustentable, que lamentablemente no fue considerada.

Nuestra actividad minera está inserta en una sociedad y economía concreta. Lo que hacemos como industria genera encadenamientos y desarrollo y, por cierto, lo que ocurre en el país, condiciona las posibilidades para que podamos seguir haciendo minería.

En este sentido, aunque la nueva norma constitucional sobre propiedad del Estado que hemos conocido sobre las minas es casi igual a la actual, adicionalmente se aprobó que el Estado definirá una política minera para la exploración y explotación que considere el carácter finito y no renovable de las sustancias minerales, con foco en la equidad generacional y protección ambiental. ¿Qué efecto puede tener esto? Significa el término de las concesiones judiciales mineras actuales para ser reemplazadas por autorizaciones temporales, entregadas por un ente administrativo. Esto sería especialmente grave para la minería, considerando que requiere certeza jurídica, por inversiones de miles de millones de dólares, con retornos inciertos a muy largo plazo, por ejemplo, cinco, diez y más años.

Eso en cuanto a textos ya aprobados.

Recordemos que en el pasado el Pleno y la propia comisión ya han descartado la controversial iniciativa sobre nacionalización de la minería. No obstante, cuando la industria y, especialmente las regiones del Norte, creían adentrarse en una nueva meseta de calma, la Comisión de Medio Ambiente de la CC arremetió esta semana con una insistencia al reincorporar esta vez como <<normas transitorias>> los más polémicos planteamientos que ya habían sido descartados.

Lo cierto es que el nuevo informe de la Comisión de Medio Ambiente sobre normas transitorias no hace más que resucitar los peores temores respecto de si será posible, o no, seguir desarrollando minería en nuestro país.

Por ejemplo, una de estas normas transitorias decreta la nulidad de pleno derecho de los permisos y concesiones de exploración y explotación minera ubicados en territorios indígenas. A la fecha estos no se han demarcado, pero se produce la paradoja de que mientras no hayan sido autorizados previamente por la respectiva comunidad, no podrán operar. Esto significa el término de todas las concesiones mineras de grandes, medianas y pequeñas empresas mineras, porque el proceso de consulta indígena no ha sido hasta ahora vinculante y se refiere a proyectos, no a concesiones (por cierto, esto constituye una ignorancia jurídica grave).

Otra norma transitoria (parecida a la anterior, pero con otros efectos) anula las concesiones sobre bienes naturales (minerales, entre otros) otorgadas sin consentimiento previo de los pueblos indígenas sobre cuyo territorio se concedieron. A continuación le da derecho a esos pueblos a recibir indemnizaciones por los bienes naturales que se les hubiera tomado, confiscado, ocupado, utilizado o dañado. Se puede interpretar que, entre otros, se refiere a los minerales extraídos por los concesionarios mineros. Y aquí surge una gran controversia: ¿Quién indemniza? ¿El Estado que otorgó las concesiones, o la minera que los aprovechó?

Finalmente, por vía de las normas transitorias se insiste nuevamente con la nacionalización de las grandes empresas mineras y algunas medianas de cobre, litio y otras que defina la Constitución (no las menciona) o la ley.

La redacción de la norma establece una indemnización sin considerar los minerales que existan en el yacimiento sobre los cuales a la minera se le concedió el derecho a extraerlos, sino solo el valor libro de los activos físicos, cuyo valor lo determinará el Contralor General de la República.

Esta norma terminaría con el modelo mixto de minería público-privado que ha funcionado con éxito en nuestro país. Evidentemente, impacta seriamente las inversiones mineras, ya que el Estado no tiene los US$68.000 millones para desarrollar los nuevos proyectos que ha catastrado Cochilco para la próxima década. Y por cierto, aleja de golpe a Chile de las enormes oportunidades que nos están dando los mercados por la gran demanda de cobre y litio, generadas globalmente por la electromovilidad y la transición a energías limpias.

Además, como han recordado los especialistas una y otra vez, una norma como esta viola tratados internacionales de libre comercio de Chile vigentes con muchos países que tienen inversiones mineras en el país, infringiendo una norma de la propia reforma constitucional que le dio origen a la Convención.  Y, por otra parte, se corre el riesgo de recibir una ola de demandas ante tribunales internacionales contra Chile por centenares de miles de millones de dólares. No es exagerado decir que es el fin de la minería como la conocemos.

Hay muchas otras normas graves que se las hace pasar por transitorias. Todo esto requiere de un análisis en derecho más profundo y detallado y, sobre todo, más sentido común y capacidad de escucha por parte del Pleno. Hasta ahora la Comisión de Medio Ambiente ha causado muchos dolores de cabeza para el proceso constitucional, pareciera que está secuestrada por actores enclaustrados en su radicalidad ideológica a quienes no les importa lo que piensan y viven las comunidades. Por lo mismo, ante la arremetida de este nuevo informe transitorio, pedimos una vez más que en el Pleno prime la responsabilidad. El ecosistema minero está disponible para seguir aportando al país.